TRAFICO MULTARA A PARTIR DE 121 km/h
El Gobierno ya
está tramitando una reforma de la
Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de
infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes
de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción.
Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h
que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la
velocidad limitada a 120 km/h.
Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su
vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco
tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los
radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a
más de 120 km/h. La cuantía de esta sanción se
sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.
La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan
puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General
de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la
mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos
circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan
prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más
ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o
una curva.
Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí
supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños
excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h,
circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir
a 80 km/h
en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h, pasará de
suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.
MATRÍCULAS LEGIBLES
Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las
matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los
conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación
de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir
que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.
Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será
sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En
la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro
puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado.
Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta
ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado
su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.
Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores
paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás.
Para ello, la DGT
apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un
10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y
abone la multa en 15 días.

Uno de los radares que pasará a
multar a partir de 121 km/h
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Fecha de Publicación: 16/12/2008
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Fuente de la noticia: Solo Moto
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